Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional

CORTE CUBANA DE ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL

 

El Decreto-Ley no. 250 de 30 de julio de 2007 constituyó la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional, heredera de la Corte de Arbitraje de Comercio Exterior –creada en el año 1963–, y que permitió conocer y aplicar el arbitraje comercial mucho antes que la mayoría de los países latinoamericanos. Nuestro país tiene una experiencia en el arbitraje comercial de 58 años.

En el año 2018 fue dictada la Resolución no. 8/2018 del presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba, poniendo en vigor las actuales reglas de procedimiento de esta Corte. Dichas reglas constituyen un avance en el trabajo de la Corte Cubana y están llamadas a facilitar el trabajo de las partes y del tribunal arbitral, delimitando la responsabilidad que en cada momento tiene el presidente, la secretaría y el tribunal arbitral. Las reglas deben contribuir igualmente a que los procesos arbitrales transiten con mayor eficiencia y con un más estricto cumplimiento de los plazos procesales.

Cuando usted elige la alternativa del arbitraje en nuestra Corte, está utilizando un sistema de resolver los litigios mercantiles de una manera rápida, eficaz, económica y reservada, con las garantías de poder disponer de los árbitros adecuados por su formación e imparcialidad, los que dictan el laudo arbitral. Es un procedimiento que descansa sobre la voluntad concordada de las partes en litigio, el árbitro no puede separarse de lo deseado y previsto por estas al encomendarle su misión. Tiene por norma fundamental el acuerdo arbitral entre las partes y la institución arbitral.

La Corte ha elaborado un modelo de cláusula o convenio arbitral, cuya inclusión en los contratos se recomienda, ya que es la condición necesaria para que, en el caso de que surjan las controversias, esté asegurado el cumplimiento de la voluntad de las partes de recurrir al arbitraje de la Corte.

Es de destacar que con la entrada en vigor del Decreto-Ley no. 250 se abren las puertas a un nuevo servicio: la mediación, la que mediante su reglamento, hoy actualizado mediante la Resolución no. 9/2018 del presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba, constituye una alternativa de resolución de conflictos en la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional. A este fin, la Corte cuenta con un listado de mediadores que tendrán a su cargo la prestación de este servicio.


Secretaría: Lic. Leticia Machín Domínguez

Tel.:   (53) 78313205 , pizarra ext. 229

Correo-e: corte@camaracuba.cu arbitraje@camara.com.cu